Que sirva de escarmiento. El organismo operativo de Tránsito decidió suspender en forma definitiva la licencia de conducir de tres de ocho conductores sorprendidos por tercera vez manejando en estado de ebriedad durante la jornada electoral pasada. Cuatro de ellos fueron castigados con la suspensión de su brevet por un año calendario al ser la segunda vez que incurren en infracción. Uno fue sancionado con arresto de ocho horas y una multa de 300 bolivianos por ser la primera vez que comete este delito. "Esperamos que con estas sanciones los conductores tomen conciencia que no deben manejar ebrios y debe respetar las normas de tránsito", resaltó ayer el director del organismo operativo de esta unidad, coronel Óscar Roca.
Una centena de sancionados. Según Roca, existe una base de datos que maneja su unidad, que registra y lleva el control de cada conductor que comete esta clase de infracciones. En lo que va del año, 115 choferes entre particulares y de servicio público han perdido definitivamente sus licencias de conducir por ser reincidentes. 518 choferes fueron sancionados durante un año. Mientras que conforme a la aplicación del Decreto Supremo 420 (prohibida la conducción en estado de embriaguez de todo vehículo de transporte automotor público terrestre de pasajeros) un chofer de bus perdió su licencia en septiembre al ser sorprendido viajando a Sucre borracho.
En ese contexto, el jefe policial mencionó que es necesario concienciar a la sociedad y emprender una cruzada para construir cultura de seguridad vial y reducir los altos índices de mortalidad, discapacidad y lesiones provocados por los accidentes de tránsito.
La norma nacional vigente. El Código de Tránsito en su artículo 380 numeral 3, fija una multa en primera instancia de Bs 300, para el conductor que maneje su vehículo en estado de ebriedad; la segunda vez ordena la inhabilitación por un año y la tercera fija la suspensión definitiva.
Con referencia al grado alcohólico permitido para choferes, el decreto complementario al 420 dispone que conductor que tenga entre 0,01 a 0,49 grados de alcohol por mil mililitros de sangre no será sancionado, pero que deberá dejar de conducir su vehículo. Mientras, desde los 0,50 grados el conductor ya es pasible a sanciones.
El coronel Óscar Roca anunció que se ejecutarán controles sorpresa para concienciar a quienes conducen una moto deben llevar puestos cascos de seguridad.
"Los conductores a quienes se les retiró definitivamente el permiso de conducir por ser sorprendidos por tercera vez conduciendo ebrios no podrán conducir más un vehículo. De ser sorprendidos serán pasados a la justicia ordinaria".
Cnl. Óscar Roca
Director de Tránsito
Recomendaciones.
Los efectos que genera el alcohol en los conductores:
1. Provoca una falsa sensación de seguridad, que predispone a excesos de velocidad y violaciones de las normas de tránsito.
2. Entorpece los sentidos, altera la percepción y disminuye la atención en el volante.
3. Provoca trastornos de la visión, como el encandilamiento (adaptación más lenta a los cambios luz-oscuridad), dificultad para percibir los rojos (semáforos, luces de freno, traseras) y apreciación equivocada de la velocidad y las distancias.
4. Se alargan los tiempos de reacción (las maniobras se hacen más lentas y torpes).
5. Con más de 0,8 g se producen serias dificultades para mantener la dirección y velocidades, la visión se vuelve borrosa y las acciones erráticas.
6. Si tiene sueño es aconsejable no manejar ningún vehículo, el cansancio puede cerrar sus ojos y ocasionar accidentes fatales.
7. Si conduce evite contestar su celular puede ocasionar distracción y provocar accidentes.
8. Si conduce motocicleta lleve puesto el casco de protección. En muchos accidentes el caso ha salvado vidas humanas.
Licencias
SUSPENSIÓN X 1 AÑO
Enero 40
Febrero 42
Marzo 52
Abril 65
Mayo 78
Junio 41
Julio 46
Agosto 61
Septiembre 64
Octubre 21
TOTAL 518
DE FORMA DEFINITIVA
Enero 11
Febrero 6
Marzo 13
Abril 13
Mayo 16
Junio 14
Julio 17
Agosto 10
Septiembre 6
Octubre 9
Total 115
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