miércoles, 1 de mayo de 2013

Tránsito sancionó a 202 ebrios, 46 perdieron su brevet para siempre



En el primer trimestre de 2013, 202 conductores ebrios fueron sancionados en cumplimiento de la Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas; 46 perdieron su licencia de manera definitiva y 156 fueron suspendidos por un año.

“Estamos trabajando con esta ley y su reglamento. Ahora ya no hay multa, a los infractores directamente los suspendemos por un año o definitivamente”, indicó Adolfo Merlo, asesor jurídico de la Dirección Departamental de Tránsito de La Paz.

La puesta en vigencia de la legislación ya citada derogó el artículo 380 del Código de Tránsito, que dispone que por conducir vehículos en estado de embriaguez se sanciona al culpable con una multa de Bs 400 la primera vez.

El decreto reglamentario de ese cuerpo legal crea el Registro Nacional de Contravenciones al Consumo de Bebidas Alcohólicas y establece que la Policía debe registrar a quienes se pongan al volante habiendo bebido, sea del transporte público o privado, y establece que el grado alcohólico máximo permitido es de 0,50 grados por cada 1.000 ml de sangre.

Estadísticas. Merlo explicó que la mayoría de los infractores había participado de fiestas o eventos sociales. Con relación a los primeros tres meses de 2012, en los que hubo 53 transgresores, los datos de 2013 muestran un incremento de 149 casos.

En los controles, la Policía identificó (no se indicó la cantidad) a automovilistas que a pesar de haber sido suspendidos, continuaban manejando, por lo que fueron remitidos al Ministerio Público, acusados del delito de conducción peligrosa. “Ellos representan un peligro para la sociedad. Lamentablemente hay gente que conoce la norma, pero no la cumple”, señaló el asesor legal de la Dirección Departamental de Tránsito.

Sanciones para los culpables

Alcance

El artículo 16 del decreto reglamentario de la ley antialcohol dispone la inhabilitación temporal y suspensión definitiva de la licencia de conducir contra los conductores, públicos o privados, por conducir en estado de embriaguez. Ambas sanciones se efectivizarán mediante resolución de Tránsito. El artículo 17 fija medidas correctivas (diez horas de trabajo comunitario) y socioeducativas.

La Policía arrestó a 529 por embriagarse en vía pública

En el primer trimestre de este año, 529 personas fueron arrestadas sólo en la ciudad de La Paz por embriagarse en espacios públicos, reportó la unidad policial de Conciliación Ciudadana, situada en la avenida Pando.

El coronel Roberto Campos, comandante de esa unidad, informó que 450 eran hombres y 79, mujeres. “La Policía ha hecho operativos y los ha encontrado en vía pública, en plazas, cerca de establecimientos educativos, universidades, parques y otros”, apuntó. Debido a las peleas entre ebrios se reportaron cinco víctimas. “Por suerte no son problemas graves de acuchillamiento y otros”, explicó.

La Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, que rige desde 2012, prohíbe, en el artículo 19, el consumo en vía pública, áreas de recreación, paseos, en eventos deportivos y espectáculos de concentración masiva y su decreto reglamentario impone multas para los infractores

Todos los transgresores permanecieron encerrados ocho horas y pagaron una multa de Bs 40. Campos recordó que el lunes 20 se arrestó a 40 jóvenes de un instituto educativo que bebían en el bosquecillo de Pura Pura. Días después se aprehendió a otros 20.


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