Mediante el Decreto Supremo 246, el Gobierno flexibilizó las sanciones contra las empresas de transporte involucradas en accidentes de tránsito porque la responsabilidad recaerá en los conductores. También disminuyó el monto de las penalidades por la omisión en la entrega de información a la entidad reguladora.
La norma reglamenta las actividades de los subsectores del transporte y modifica las funciones que tenía la ex Superintendencia de Transportes desde 2006 y que ahora están a cargo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes (ATT).
El decreto, en su artículo 29, establece la tuición de la autoridad o entidad competente, en este caso la ATT, de imponer sanciones.
Por ejemplo, en el parágrafo III se señala que, en caso de ocurrir un accidente de tránsito por causas atribuibles al infractor, la sanción será impuesta a éste, independientemente de que esté o no afiliado a un sindicato.
Si existe incumplimiento de la sanción por parte del infractor afiliado a un sindicato, se aplicarán los principios de corresponsabilidad y proporcionalidad.
Las sanciones serán aplicadas de manera gradual con apercibimiento, multas pecuniarias, suspensión temporal de actividades y revocatoria de la autorización del infractor.
“Lo dispuesto en el presente artículo no implica en ningún caso la aplicación de una doble sanción para el operador e infractor en forma simultánea por un mismo hecho”.
El ex director de regulación de la desaparecida Superintendencia de Transportes Abdón Porcel señaló que en este punto el Gobierno cedió a la presión de la Confederación de Choferes de Bolivia, que siempre cuestionó las resoluciones de la reguladora en esta materia, por ejemplo, cuando en forma directa se revocó la licencia de funcionamiento a la flota El Dorado por haber sufrido en 2007 dos accidentes en los que fallecieron 43 personas y más de 50 resultaron heridas.
Según Porcel, la sanción se aplicó en forma inmediata porque no había una norma específica; sin embargo, dijo que es un avance que se haya aprobado un decreto supremo que fija responsabilidades de manera clara.
Esto no implica, dijo, que luego de una investigación las empresas de transporte también sufran algún tipo de sanción. En el pasado, el infractor era multado a partir de los informes del Organismo Operativo de Tránsito.
El Decreto 246 también reduce las multas por incumplimiento en la entrega de información requerida por la reguladora. Se deberá pagar de 250 a 9.000 bolivianos indexados a la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV). Antes el monto podía ser de 100.000 UFV.
El mismo rango se aplicará a quien obstaculice la labor de la entidad reguladora, hasta ahora se aplicaba hasta 50.000 UFV.
El incumplimiento de resoluciones de la ATT tendrá una sanción de 1.000 a 18.000 UFV. Antes era de 5.000 a 50.000 UFV.
Porcel señaló que estas multas no tendrán una magnitud importante en las empresas de transporte si con un solo viaje podrían obtener mayores ingresos.
Agregó que los resultados que se pueda obtener en la aplicación de la norma dependerán de la capacidad de fiscalización que tenga el órgano regulador.
Reguladora fijará las tarifas
El Decreto supremo 246 ratifica que la entidad reguladora, en este caso la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), continuará con la función de establecer las tarifas del transporte público.
La norma, en su artículo, 14 señala: “La Autoridad o Entidad Competente fijará periódicamente la tarifa máxima y la tarifa mínima de referencia que cubra todas las actividades principales, costos de operación y valor de los insumos, bajo una metodología previamente aprobada mediante resolución administrativa fundamentada, para la prestación de los servicios de transporte automotor público”.
El Ministro de Obras Públicas anunció la semana pasada que la definición final para elevar o no los pasajes se la tomará junto con los municipios, que, conforme a la nueva Constitución Política del Estado (CPE), tienen esa competencia.
El ex director de regulación de la ex Superintendencia de Transportes Abdón Porcel señaló que el Decreto 246 debió haber establecido en forma clara esta responsabilidad. Sin embargo, dijo que esa potestad continúa en manos de la reguladora como en el pasado. La ATT entregó los estudios de costos para Oruro, Cochabamba y Santa Cruz, en función de los cuales se ajustaran las tarifas.
La norma reglamenta las actividades de los subsectores del transporte y modifica las funciones que tenía la ex Superintendencia de Transportes desde 2006 y que ahora están a cargo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes (ATT).
El decreto, en su artículo 29, establece la tuición de la autoridad o entidad competente, en este caso la ATT, de imponer sanciones.
Por ejemplo, en el parágrafo III se señala que, en caso de ocurrir un accidente de tránsito por causas atribuibles al infractor, la sanción será impuesta a éste, independientemente de que esté o no afiliado a un sindicato.
Si existe incumplimiento de la sanción por parte del infractor afiliado a un sindicato, se aplicarán los principios de corresponsabilidad y proporcionalidad.
Las sanciones serán aplicadas de manera gradual con apercibimiento, multas pecuniarias, suspensión temporal de actividades y revocatoria de la autorización del infractor.
“Lo dispuesto en el presente artículo no implica en ningún caso la aplicación de una doble sanción para el operador e infractor en forma simultánea por un mismo hecho”.
El ex director de regulación de la desaparecida Superintendencia de Transportes Abdón Porcel señaló que en este punto el Gobierno cedió a la presión de la Confederación de Choferes de Bolivia, que siempre cuestionó las resoluciones de la reguladora en esta materia, por ejemplo, cuando en forma directa se revocó la licencia de funcionamiento a la flota El Dorado por haber sufrido en 2007 dos accidentes en los que fallecieron 43 personas y más de 50 resultaron heridas.
Según Porcel, la sanción se aplicó en forma inmediata porque no había una norma específica; sin embargo, dijo que es un avance que se haya aprobado un decreto supremo que fija responsabilidades de manera clara.
Esto no implica, dijo, que luego de una investigación las empresas de transporte también sufran algún tipo de sanción. En el pasado, el infractor era multado a partir de los informes del Organismo Operativo de Tránsito.
El Decreto 246 también reduce las multas por incumplimiento en la entrega de información requerida por la reguladora. Se deberá pagar de 250 a 9.000 bolivianos indexados a la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV). Antes el monto podía ser de 100.000 UFV.
El mismo rango se aplicará a quien obstaculice la labor de la entidad reguladora, hasta ahora se aplicaba hasta 50.000 UFV.
El incumplimiento de resoluciones de la ATT tendrá una sanción de 1.000 a 18.000 UFV. Antes era de 5.000 a 50.000 UFV.
Porcel señaló que estas multas no tendrán una magnitud importante en las empresas de transporte si con un solo viaje podrían obtener mayores ingresos.
Agregó que los resultados que se pueda obtener en la aplicación de la norma dependerán de la capacidad de fiscalización que tenga el órgano regulador.
Reguladora fijará las tarifas
El Decreto supremo 246 ratifica que la entidad reguladora, en este caso la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), continuará con la función de establecer las tarifas del transporte público.
La norma, en su artículo, 14 señala: “La Autoridad o Entidad Competente fijará periódicamente la tarifa máxima y la tarifa mínima de referencia que cubra todas las actividades principales, costos de operación y valor de los insumos, bajo una metodología previamente aprobada mediante resolución administrativa fundamentada, para la prestación de los servicios de transporte automotor público”.
El Ministro de Obras Públicas anunció la semana pasada que la definición final para elevar o no los pasajes se la tomará junto con los municipios, que, conforme a la nueva Constitución Política del Estado (CPE), tienen esa competencia.
El ex director de regulación de la ex Superintendencia de Transportes Abdón Porcel señaló que el Decreto 246 debió haber establecido en forma clara esta responsabilidad. Sin embargo, dijo que esa potestad continúa en manos de la reguladora como en el pasado. La ATT entregó los estudios de costos para Oruro, Cochabamba y Santa Cruz, en función de los cuales se ajustaran las tarifas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario